El gobierno nacional impulsa la adhesión de Argentina a UPOV 91, un régimen internacional que ampliaría los derechos de propiedad intelectual sobre las semillas y limitaría el derecho histórico de los agricultores a guardar parte de su cosecha para volver a sembrar. Para avanzar en esa dirección, sería necesario modificar la Ley de Semillas para reforzar los mecanismos de apropiación de los recursos fitogenéticos.
Por Maico Martini, para Red CALISAS.
En febrero pasado, el gobierno nacional se comprometió a promover la adhesión de Argentina al Acta 1991 del Convenio Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales (UPOV 91), en el marco del acuerdo comercial rubricado con Estados Unidos. La incorporación del país a este régimen implicaría modificar sustancialmente la actual Ley de Semillas N° 20.247 y ampliar los derechos de propiedad intelectual de quienes desarrollan semillas híbridas o transgénicas, restringiría el derecho de uso propio de los agricultores y fortalecería los mecanismos de privatización de los recursos fitogenéticos.
Los obtentores son quienes mejoran una semilla y la inscriben como nueva variedad. Para hacerlo, parten de semillas provenientes de productores o bancos de semillas y desarrollan una nueva variedad con características específicas. En palabras de Fernando Frank, Ing. Agrónomo e integrante de la Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria y Bioética del Sur (CALISA BioSur) de la Universidad Nacional de San Luis: “la UPOV 91 establece un marco normativo para proteger los derechos de propiedad, o sea, que el obtentor cobre después para recuperar su inversión en desarrollar esa semilla. Eso es lo que lograron imponer hace muchos años, después de mucha discusión en los organismos internacionales”.
Actualmente, Argentina adhiere a la UPOV 78, que reconoce los derechos de los obtentores pero también garantiza el derecho de los agricultores y agricultoras a reservar parte de su cosecha para volver a sembrar. “La diferencia de la UPOV 78 con la UPOV 91 es que la forma de ganar dinero es cobrando como si fuera una suscripción. O sea, en el modelo de leyes de semillas del 78, el agricultor compra la semilla, pero se puede reservar el uso propio haciendo uso de sus semillas y, si las pierde, puede comprar en el mercado”, mientras que en el esquema del 91 debe abonar cada vez que siembra las semillas, por más que las hubiese obtenido de su propia producción.
En la ley actual, el productor puede comprar las semillas y guardar parte de su cosecha para la siguiente campaña. Pero, como explica Frank, “en la UPOV 91 no pueden hacer eso, pueden, pero tienen que pagar año a año como si fuera una suscripción o como si fuera una patente, que en el mundo de las empresas tecnológicas hay un montón de esos casos. Por ejemplo, en la industria farmacéutica una empresa fabrica una droga que no inventó y le paga a la dueña de la patente”.
Frank subraya que “nunca está de más decir que las semillas no son invenciones humanas, sino que son fruto del diálogo de la naturaleza con las culturas. Porque lo que tenemos hoy como semillas de cultivo, los procesos de domesticación, fueron hechos por las culturas campesinas e indígenas durante miles de años y lo que tenemos ahora es gente que quiere, modificando estas semillas, cobrar ese trabajo histórico”.
También señala que “un equipo de investigación que trabaja 10 o 15 años sobre una semilla es muy parcial, son 20 generaciones de algo que tal vez tiene 10.000 generaciones, entonces ya selecciona desde una base que está dada por la historia. Incluso si la modificación genética se hiciera por laboratorio, transgénesis o cualquiera de las técnicas modernas, también se cumple esto, se modifican algunos genes, pero se conserva la gran mayoría”.
El derecho de uso propio es especialmente relevante en cultivos donde las empresas buscan capturar un negocio que hoy no controlan completamente. Según Frank, “donde se emplea mucho el derecho de uso propio es en la soja. Es en la soja donde están viendo pasar ese negocio y no están pudiendo capturar ese valor ¿Qué han hecho todo este tiempo? Por un lado, presionaron diciendo que hay un montón de innovaciones que las empresas ya tienen y que no las van a poner en el mercado hasta que no tengan garantizado que van a cobrar”.

A esto se suman los contratos privados: “lo que han hecho algunas empresas es hacer contratos, donde los productores se comprometen legalmente a pagar anualmente por el uso de esas semillas que supuestamente son mejores”. Un ejemplo es el acuerdo de uso de la tecnología de Monsanto: la compañía compromete a los agricultores con un acuerdo de uso de tecnología en el que se prohíbe que el productor guarde las semillas derivadas de su cultivo para su posterior siembra o que las suministre o comparta con otros agricultores, un mecanismo que se activa de facto cuando el productor utiliza la tecnología de la empresa.
Frank advierte que “lo que vemos es que las empresas, sin adherir a la UPOV 91, ya influyeron decisivamente en qué se cultiva, cómo, qué se consume, cómo se transforman los territorios… Pudieron avanzar sin esa ley, con una ley hecha a su medida pueden avanzar en otros sentidos y en otros campos”. Vale recordar que el intento de incorporar a Argentina a la UPOV 91 no es nuevo: distintos sectores lo han promovido durante décadas, la última vez fue en el proyecto de “Ley Ómnibus” que el ejecutivo envió al Congreso a inicios del 2024, que finalmente no obtuvo aprobación en el Senado.
Tras el acuerdo comercial con Estados Unidos, el gobierno nacional volverá a enviar un nuevo proyecto de ley. Esto genera preocupación por antecedentes regionales. En Colombia, tras firmar el Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, el Instituto Colombiano Agropecuario proclamó la Resolución 9.70, prohibiendo el cultivo de semillas no certificadas y el uso propio.
Como consecuencia, muchos agricultores se vieron forzados a comprar semillas en el mercado, incrementando el costo de producción y, en algunos casos, las fuerzas policiales confiscaron las semillas que los productores se habían reservado. Sobre ese caso, Frank opina: “Es una locura, criminalizar la producción y la conservación de las semillas, pero están dispuestos a hacerlo”.
Las grandes empresas del sector, como Syngenta, Bayer/Monsanto, Basf o DuPont, entre otras, han promovido “cultivos más rentables, no más nutritivos, no más sanos, no más productivos”. Por ejemplo, “a las empresas las hemos visto hacer cosas como comprar semilleras para fundirlas y sacarlas del mercado para imponer algunas variedades de maíz”, señala Frank.
Esto contribuye a la homogeneización de la producción y a la pérdida de la diversidad genética y la calidad nutricional de los cultivos. “Hay datos de FAO que hablan de la pérdida de agrobiodiversidad, un 75% de pérdida en los últimos 100 años a nivel global”, alerta el ingeniero.
Frente a este escenario, la Red de Cátedras Libres de Soberanía Alimentaria y colectivos afines (Red CALISAS) y más de de cien organizaciones —entre ellas el MNCI Somos Tierra, la UTT y MAELA, entre otras-, difundieron un comunicado reclamando que “el Congreso de la Nación rechace cualquier iniciativa destinada a incorporar a la Argentina al Convenio UPOV 91 y que garantice un debate democrático, amplio y participativo sobre cualquier modificación del régimen jurídico de las semillas, preservando los derechos de agricultores/as, pueblos indígenas, comunidades campesinas y de toda la sociedad”.
Frank concluye: “Defendemos el uso propio y la diversidad de producciones. En todo caso, lo que hay que hacer es favorecer y recuperar la diversidad, la diversidad agrícola es fruto del trabajo de muchas generaciones. Lo que hay que hacer es, con la tecnología y la capacidad actual, ir hacia más diversidad y no hacia menos”.
